Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) | Kit Digital
Segunda convocatoria del programa Kit Digital
Hasta el sábado, 02 de septiembre de 2023 a las 11:00
Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa «Kit Digital», pone en marcha la Convocatoria de Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
OBJETIVO
Concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
- Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
- y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
- El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
- La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
- Upgrades o mejora de versiones.
CUANTÍA
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de seis mil euros (6.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento II son los siguientes:
-Sitio Web y Presencia básica en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
-Comercio electrónico:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
-Gestión de Redes Sociales:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.500 €
-Gestión de Clientes:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
-Business Intelligence y Analítica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
-Gestión de Procesos:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 3.000 € (incluye 3 usuarios)
-Factura Electrónica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 3 usuarios)
-Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 250 € por usuario (hasta 9 usuarios)
-Comunicaciones Seguras:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)
-Ciberseguridad:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos)
-Presencia avanzada en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
-Marketplace:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
* Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La convocatoria estará abierta desde el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas hasta el 2 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas.
MÁS INFORMACIÓN
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03/08/2022 12:01 | josemirr93