F.01.04. Los Diseños Industriales
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martes, 17 de septiembre de 2024
ÍNDICE
01. ¿Qué es un diseño industrial?
02. ¿Cuáles son los efectos de la inscripción de un modelo industrial?
03. ¿Cuáles son los requisitos para que un modelo industrial pueda ser registrado?
04. ¿Qué no puede registrarse como modelo industrial?
05. ¿Por cuánto tiempo se concede el registro de un modelo industrial?
06. ¿Cuánto cuesta tramitarlo?
07. ¿Cuánto tarda en tramitarse?
08. ¿Cuál es la documentación necesaria para la inscripción?
09. ¿Dónde se presenta la documentación?
10. Legislación aplicable
DESARROLLO
01. ¿Qué es un diseño industrial?
La apariencia u ornamentación de la totalidad o de parte de un producto que se derive de las características de las líneas, los contornos, colores, forma, textura o materiales del producto en sí o de su ornamentación, es decir, que hacen que un producto visualmente sea diferente a otro sin tener en cuenta ninguna de sus características técnicas o funcionales.
Como norma general, un diseño industrial puede consistir en:
- Elementos tridimensionales, como la forma de un producto
- Elementos bidimensionales, como los adornos, figuras, líneas o colores del producto
- Una combinación de elementos como los mencionados
Por ejemplo, la forma de un juguete, de un jarrón, etc.
02. ¿Cuáles son los efectos de la inscripción de un modelo industrial?
El registro de un diseño industrial da al titular el derecho de impedir a cualquier tercero su utilización.
03. ¿Cuáles son los requisitos para que un modelo industrial pueda ser registrado?
• Tiene que ser nuevo (novedad). Esto se da cuando ningún otro diseño idéntico se hiciera accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro. Es decir, se considerará que un diseño es nuevo cuando ningún otro diseño idéntico haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad. Se considerarán idénticos los diseños cuyas características difieran sólo en detalles irrelevantes.
• Tiene que poseer carácter singular. Se considerará que un diseño posee carácter singular cuando la impresión general que produzca en el usuario informado difiera de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño que haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad.
04. ¿Qué no puede registrarse como modelo industrial?
No es registrable como diseño industrial:
• Los diseños que supongan un uso indebido de escudos de armas, banderas y otros emblemas, siglas o denominaciones de organizaciones internacionales intergubernamentales, así como el escudo, la bandera y otros emblemas de España, sus Comunidades Autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización
• Los diseños contrarios al orden público o a las buenas costumbres
• Los diseños que incorporen una marca u otro signo distintivo anteriormente protegido en España, y cuyo titular tenga derecho a prohibir el uso del signo en el diseño registrado
05. ¿Por cuánto tiempo se concede el registro de un modelo industrial?
El registro de un diseño industrial se otorga por cinco años contados desde la fecha de presentación de la solicitud de registro y podrá renovarse por uno o más periodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de veinticinco años.
El titular del derecho deberá abonar las tasas de mantenimiento.
06. ¿Cuánto cuesta tramitarlo?
Las tasas se publican anualmente en la página web de la Oficina Española de Patente y Marcas (OEPM). Las mismas varían dependiendo si existen diseños adicionales a la misma solicitud.
07. ¿Cuánto tarda en tramitarse?
Si la solicitud se presenta por vía telemática o en papel en la OEPM y no presenta ningún defecto, se concederá el registro en el plazo de tres días hábiles y en el plazo aproximado de tres meses si la solicitud sufre algún suspenso.
La OEPM ha publicado dos nuevos folletos de ayuda para la tramitación electrónica de solicitudes de diseños industriales por un lado, y de marcas y nombres comerciales por otro.
El folleto "Solicitud electrónica de diseño industrial", pretende ser una guía de ayuda para la presentación de solicitudes de diseño industrial a través de la Sede electrónica de la OEPM. Los 5 pasos a seguir, una vez elegidos los trámites para diseños industriales, son:
- Hacer una nueva solicitud.
- Proporcionar los diseños a registrar.
- Designar solicitantes y representantes (éstos últimos, si los hay).
- Designar diseñadores.
- Confirmación de los datos y pago de la tasa.
08. ¿Cuál es la documentación necesaria para la inscripción?
• Instancia (impreso normalizado) en la que se solicite el registro del diseño con identificación y firma del solicitante o representante
• La reproducción gráfica del diseño apta para ser reproducida, pudiéndose incluir una descripción mecanografiada (impreso normalizado) que será reproducción exacta del diseño
• Indicación de los productos a los que se vaya a aplicar el diseño
• Justificante del pago de las tasas
09. ¿Dónde se presenta la documentación?
• En la Oficina Española de Patentes y Marcas (ver MEMOFicha F.03.01)
• En el Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE)(ver MEMOFicha F.03.01)
• En las Oficinas de Correos
Estos tres son los órganos competentes para el otorgamiento de fecha y hora de presentación.
• En cualquier otro órgano administrativo y oficina pública autorizada conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso, la fecha de presentación será la fecha de recepción de la solicitud por el órgano competente al que va dirigida la solicitud
10. Legislación aplicable
Revisado el 17/09/2024
17/09/2024 11:05 | publisher