Proyectos de apertura para veladores
En este artículo te hablaremos sobre los proyectos de apertura para veladores en Alicante. ¿Te apuntas?
Publicado el jueves, 03 de noviembre de 2016 a las 00:55
¿Sabías que para instalar una terraza en tu negocio, necesitas un proyecto de veladores? ¿quieres que te lo explique de una manera sencilla?.
El proceso no es fácil, lleva muchos pasos y hay que seguirlos uno a uno para hacer una tramitación ágil y eficiente, y no tener problemas con el ayuntamiento.
Concretamente en el Ayuntamiento de Alicante se están poniendo muchas trabas para ofrecer este servicio.
Es cierto que no todo vale y no podemos colocar las terrazas con sus mesas, sillas y sombrillas que se nos antoje, todo ello está regulado y debe seguir una instrucción.
En primer lugar tenemos que saber si se puede colocar una terraza frente al nuestro bar o cafetería. Anteriormente en Alicante se exigían 4 metros de ancho de acera para su instalación. Con las nuevas ordenanzas se permiten instalaciones de terraza con aceras de hasta 3 metros de ancho.
¿Cuáles son las condiciones básicas a cumplir?
Siempre dejaremos un paso peatonal de al menos 1,50 metros. Dicho paso deberá estar pegado a fachada y las mesas y sillas irán en la parte exterior de la acera.
Presentamos un caso en el que el bar tiene escaparate a dos calles, pudiendo aprovechar el chaflán.
En este caso se nos exigió respetar el paso peatonal, así como las indicaciones para minusválidos en cuanto al cambio de pavimento de la acera, especial para que una persona con una minusvalía ocular pueda con su bastón llegar a la fachada desde el cruce de la calle.
También deberemos dejar libre tanto la entrada al local como las posibles existentes a portales de edificios u otros locales. Así mismo debemos dejar libre farolas, papeleras, alcorques de árboles, paradas de autobús y demás elementos del mobiliario urbano.
¿Qué documentos debo presentar?
Para la solicitud de los veladores tenemos que tener toda la documentación de la apertura de local en regla, es decir, debe estar a nuestro nombre o de una mercantil de la que seamos administrador, para aportar la documentación propia de la actividad (DNI, ¡CIF, y el modelo de declaración censal impreso 036); deberán aportarse planos indicando la ubicación de todos los elementos del mobiliario urbano y la ubicación de mesas, sillas, sombrillas y demás elementos que queramos colocar.
Este documento debe hacerlo un técnico competente.
Se debe incluir además un plano de distribución del local con la que cuenta la licencia de apertura vigente y esto es importante para indicar que zona tenemos reservada para el almacenaje del mobiliario que vamos a colocar en el exterior.
En nuestro caso fue muy útil disponer de un local vecino donde se guardaba este mobiliario.
Si no es así, deberemos habilitar algún espacio del interior del local para dicho acopio.
Además se debe de aportar la fotocopia completa del seguro de responsabilidad civil general y de incendios que tengamos sobre local. Este seguro debe estar en vigor, por lo que se debe adjuntar el último recibo y además debe contemplar que la terraza está incluida en el propio seguro.
¿Puedo colocar cualquier tipo de mobiliario?
No puedes colocar el mobiliario que te apetezca o vaya más acorde a tú negocio, sino que debes seguir una serie de requisitos.
Debes realizar ante el ayuntamiento una propuesta, acompañada de un reportaje fotográfico a color o fotocopia del catálogo que tengas de los muebles que pretendes colocar. Debes acompañar una ficha técnica con la calidad y durabilidad de dicho mobiliario.
Para nuestro caso elegimos sillas de terraza de polietileno y estructura de aluminio ligero apilable hasta 12 alturas con estructura tubular de 25 mm de diámetro.
En lo que respecta a las sombrillas, serán siempre cuadradas con tubo de aluminio lacado en blanco y tela de lona plastificada en blanco.
Las dimensiones serán siempre de 2x2, 3x3 ó 4x4 metros.
¿Qué tasas debo pagar?
Las tasas están reguladas por la ordenanza de ocupación temporal de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa.
Esta ordenanza determina los costes en relación a la categoría de la calle, los metros cuadrados ocupar y se abonará por meses, pudiendo elegir si quiero abonar un año completo, hasta dos años o pagar mensualmente.
Hay que tener en cuenta que el proyecto de veladores estará vigente tan sólo dos años. Con posterioridad este plazo debemos renovar el expediente de la terraza.
Podemos además solicitar la instalación de estufas o cualquier otro elemento de calefacción o de iluminación o de vapor de agua. Para ello debe presentar la información relativa a las características técnicas de ese elemento a instalar, así como sus medidas de seguridad y documentación gráfica en color, modelo de aparato a colocar, su certificado de homologación y sello de calidad CE.
Si la instalación contuviese gas butano o propano se debe proporcionar el boletín técnico y su respectiva homologación anual.
Todo ello debe definirse con el número de elementos a colocar, material color, tamaño y ubicación exacta en la acera. Para cualquier caso deben quedar incluidas en la cobertura del seguro RC correspondiente al local.
Si tratamos de colocar elementos de iluminación, deberemos tener presente el grado de contaminación lumínica, aportando información técnica al respecto.