Ayudas para mancomunidades que prestan servicios mancomunados de archivo
Envío de solicitudes hasta el 20 octubre
Hasta el viernes, 20 de octubre de 2017
OBJETO
Contribuir a la financiación de los gastos derivados de los servicios mancomunados de archivo en los archivos municipales de la Comunitat Valenciana hasta un máximo del 50% del coste de la inversión realizada.
BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, las mancomunidades de municipios que presten servicios mancomunados de archivo a los municipios de la Comunitat Valenciana, y que realicen gastos con esa finalidad.
REQUISITOS
Las mancomunidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) Hallarse al corriente, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículo 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes, de conformidad con la normativa aplicable y con lo exigido por el artículo 199, apartados 4 y 5, de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana (modificada por la ley 7/2014, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de organización de la Generalitat).
e) Cumplir con el artículo 36 de la Ley 3/2005, de 15 de junio, de la Generalitat, de Archivos, donde se establece que los ayuntamientos de municipios de más de diez mil habitantes están obligados a tener un servicio de archivo propio y que dicho servicio de archivo deberá estar dotado de personal archivero con la titulación correspondiente y de instalaciones adecuadas para conservar los documentos, ya que el hecho de tener un servicio mancomunado de archivos, no exime de dicha obligación.
CUANTÍA
A los solicitantes que hayan acreditado debidamente la cuantía solicitada, se les otorgará una cantidad lineal de 2.000 euros. La dotación económica restante se distribuirá entre los beneficiarios que hayan realizado un gasto superior a 5.000 euros, tal y como señala la convocatoria en el apartado "condiciones de la concesión de las subvenciones".
FECHA LÍMITE Hasta el 20 de octubre.
DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN Detallado en la publicación original de la convocatoria
26/09/2017 10:20 | AdmonAlcoi