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Ayudas Municipales "València Activa Impuls Econòmic 2017"

Plazo de presentación de solicitudes es del 6 de abril al 5 de mayo de 2017

Hasta el viernes, 05 de mayo de 2017

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AJUDES VLC ACTIVA

AJUDES VLC ACTIVA

El Ayuntamiento de València, a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento, ha convocado las Ayudas Municipales València Activa Impuls Econòmic 2017, que tienen como objetivo fomentar, impulsar y apoyar la actividad económica de la ciudad de València por medio del establecimiento de ayudas destinadas a favorecer la consolidación empresarial.

Pueden solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que hayan comenzado su actividad empresarial entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2015. 

Se subvencionarán, siempre que se cumplan los requisitos exigidos y hasta agotar del crédito disponible, aquellos gastos que puedan encuadrarse dentro de las acciones que en la convocatoria se detallan, efectivamente pagados y justificados según se especifica en la convocatoria, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación, hasta un máximo de 5.000 euros por empresa. A los efectos de estas ayudas, únicamente computarán las facturas emitidas desde el 1 de julio de 2016 y hasta la fecha de presentación de la solicitud.

ACCIONES SUBVENCIONABLES  

Acciones dirigidas a realizar programas de marketing y comercialización que mejoren el posicionamiento en el mercado:

  1. Análisis e Investigación de mercados: gastos necesarios para la realización de encuestas, evaluación de satisfacción de clientes, estudios de mercado, geolocalización, implantación de sistemas para vigilancia tecnológica.
  2. Desarrollo de herramientas de comunicación comercial incluyendo la adaptación a mercados exteriores: gastos por el alquiler de un stand o similar. Gastos de canon asistencia a ferias relacionadas con el sector de la empresa como expositor (no visitante). Así como todos aquellos gastos relacionados con la traducción a otros idiomas de elementos de comunicación comercial: páginas web, dossiers, catálogos, folletos, cartelería, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas y facturas.
  3. Consultoría y asesoramiento para la realización de planes de marketing: gastos de asesoramiento relativos a la realización de planes de marketing.
  4. Establecimiento o mejora de la identidad corporativa: gastos relativos de la realización de logotipos, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas, facturas, catálogos, folletos, cartelería, rotulación así como del diseño y elaboración de embalajes y envases.
  5. Establecimiento de soluciones y servicios tecnológicos que favorezcan la difusión y comercialización de los productos y servicios a través de Internet incluidas aquellas soluciones que mejoren el posicionamiento de la empresa a través de servicios SEO (Search Engine Optimization-Optimización para los motores de búsqueda), SEM (Search Engine Marketing-Marketing en los motores de búsqueda) y SMM (Social Media Marketing-Marketing a través de redes sociales). Gastos relativos a la adquisición de servicios tecnológicos y licencias de software de uso común para el desarrollo de la actividad propia de la empresa.
  6. Fomento de la generación de redes empresariales o entidades de gestión nuevas así como para potenciar la pertenencia a las ya existentes. Tendrán la consideración de gasto subvencionable: gastos derivados del canon de entrada de las empresas a asociaciones profesionales y/o clusters, pero no son subvencionables los pagos de cuotas temporales por pertenecer a ellas.

Acciones dirigidas a la generación de nuevos productos y/o servicios así como a la mejora de los existentes:

  1. Implantar sistemas de calidad: gastos relativos a la realización de documentación del sistema de calidad de la empresa así como los derivados de la implantación de los sistemas de calidad.
  2. De mejora de herramientas de gestión empresarial basadas en software ERPs (Enterprise Resource Planning-Planificación de Recursos empresariales): gastos relativos a la contratación de soluciones y servicios tecnológicos y licencias de software de uso común para el desarrollo de la actividad propia de la empresa.
  3. Realización de formación no reglada, de carácter específico, para mejorar la cualificación profesional, del empresariado y del personal contratado: los gastos derivados del coste del curso y de la inscripción al mismo.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS: máximo 5.000 euros por empresa

PLAZO DE CONVOCATORIA: hasta el 5 de mayo

CONVOCATORIA 

FORMULARIO DE SOLICITUD

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