Instalación de placas solares comunidad de vecinos y propietarios en Madrid
El Real Decreto 244/2019 según el cual queda regulado el autoconsumo compartido, se otorga el ámbito idóneo para impulsar una transición energética.
Publicado el lunes, 25 de octubre de 2021 a las 12:29
A raíz del Real Decreto 244/2019 según el cual queda regulado el autoconsumo compartido, se otorga el ámbito idóneo para impulsar una transición energética.
Esta regulación es lo primero que hay que hacer para que las comunidades de vecinos logren disminuir su factura de la luz además de ayudar a la custodia del medio ambiente; provocando y consumiendo su propia energía renovable.
Cuando un vecino de un bloque de pisos escoge apostar por la energía del sol para el autoconsumo en su vivienda.
Todos los días poseemos novedades de la energía verde, del ahorro energético y de la instalación de placas solares. Cada vez está más en apogeo (por algo será), la instalación de placas solares en los tejados de inmuebles y casas particulares para ahorrar en gastos.
Si vives en una casa especial la elección es simple y es dependiente de ti mismo, otra cosa es si vives en un edificio de casas donde hay una red social de dueños.
¿Qué debes hacer para aprobar en Junta de Propietarios la instalación de las placas solares en Madrid?
Para entender qué mayoría es necesario para la aceptación de la instalación de las placas solares, deberíamos remitirnos al Artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal donde dice:
“La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que represente, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
A raíz del Real Decreto 244/2019 según el cual queda regulado el autoconsumo compartido, se proporciona el ámbito idóneo para impulsar una transición energética.
Esta regulación es lo primero que hay que hacer para que las comunidades de vecinos logren escoger achicar su factura de la luz además de ayudar a la custodia del medio ambiente; provocando y consumiendo su propia energía renovable. Sin embargo, sobre el papel es muchísimo más simple de plantear que transformarlo en una situación.
¿Tendría que convencer a la totalidad de los vecinos de la comunidad?
La comunidad no va a poder compartir el coste de la instalación de las placas solares, ni los derivados de su conservación y cuidado posterior, sobre esos dueños que no hubieren votado expresamente en la Junta en pos del acuerdo.
Sin embargo, si con posterioridad solicitasen el ingreso a los servicios de a los abastecimientos energéticos, y ello requiere de nuevas infraestructuras o las adaptaciones llevadas a cabo en las que ya existían, va a poder autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, oportunamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.”
- Antes que nada, vas a tener que comentar con el presidente de tu red social, o el gestor de fincas, para pedir que añadan el punto del orden del día de la instalación de placas solares en el edificio.
- Una vez hecho esto, te sugerimos que hables con tus vecinos para ir recabando apoyos dado que, ya conoces, es más simple que consigas explicarles el tema uno a la vez, que a todos juntos en la actividad social.
- Llegado el día de la actividad social, al dominarlo a votación, se va a necesitar el voto en pos de un 30% de todos los dueños de la red social que representen una tercer parte de las cuotas de participación, eso supone que tendrán estar presentes o representados en la Junta, los dueños necesarios que hagan el tercio.
¿Cuántos vecinos o propietarios tienen que estar de acuerdo para poner placas solares en Madrid?
Como hemos correcto en el punto previo, se va a necesitar el voto a favor de un 30% de todos los dueños de la comunidad.
Los vecinos que no voten a favor, no tendrán abonar la instalación y tampoco tendrán correr con los costos de cuidado y conservación de la misma. Eso sí, si más adelante alguno de esos vecinos quiere utilizar las placas solares, tendrá que abonar su parte proporcional de la instalación, añadiéndole a este coste el interés legal que le sea correcto.