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Instrumentos financieros para la creación y crecimiento de empresas innovadoras

Concesión de préstamos bonificados y subvenciones a fondo perdido para sobre el coste de los proyectos de creación de empresas innovadoras

Hasta el miércoles, 00 de de 0000

OBJETO:

Concesión de préstamos bonificados y subvenciones a fondo perdido sobre el coste de los proyectos de creación y crecimiento de empresas innovadoras con el fin de fomentar el emprendimiento innovador, el desarrollo económico y la creación de empleo en la CV.

BENEFICIARIOS:

Pequeñas empresas innovadoras, que tengan su sede social o establecimiento de producción en la CV, con un mínimo de 6 meses y un máximo de 3 años de existencia.

*En el mes anterior a la solicitud deberán tener uno o más trabajadores consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) o documento equivalente.

Quedan excluidas las C.B y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.

REQUISITOS:

Por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto o inversión, sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en un plazo determinado y que, de forma individual o combinada tenga un sentido empresarial.

Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2014.

El presupuesto subvencionable deberá ser mayor de 20.000 euros e inferior a 175.000 euros (suma del importe de costes susceptibles de subvención).

Los proyectos deberán ser realizados por empresas con sede o establecimiento productivo en la CV y los resultados de los trabajos deberán permanecer o tener impacto tangible en la CV.

Los costes subvencionables no podrán recibir simultáneamente ayudas de otras administraciones.

Solo podrá presentarse un proyecto por empresa.

Será condición imprescindible la creación de al menos un puesto de trabajo en el periodo comprendido entre el mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud y el mes anterior a la última fecha de amortización del préstamo

ACCIONES APOYABLES Y GASTOS SUBVENCIONABLES:

Proyectos que consistan en el desarrollo de los productos o servicios de la empresa beneficiaria, así como en la implantación de modelos de gestión empresarial que incidan en la mejora de alguna de las diferentes áreas de las nuevas empresas: producción, relaciones con los clientes y proveedores, marketing y comercialización, logística y distribución y recursos humanos.

Costes subvencionables:

• Servicios externos: servicios de consultoría y asistencia técnica para la puesta en producción de nuevos productos.

• Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Costes de personal.

• Adquisición de activos inmateriales: licencias de software.

• Adquisición o adaptación de activos materiales: equipos informáticos o de telecomunicaciones. Exclusivamente se considerará el equipamiento directamente relacionado con los servicios externos apoyados que requieran de tales inversiones y por un importe máximo del 25% de dichos servicios externos.

Periodo subvencionable de los gastos: entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de mayo de 2015.

*CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS:

El instrumento financiero en qué consisten las ayudas tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés y de una subvención a fondo perdido sobre el coste considerado como incentivable del proyecto de innovación.

Préstamo:

• Cuantía: 100% de los costes subvencionables con un máximo de 50.000 euros.

• Interés: 0%.

• Cuotas de amortización semestrales: plazo de amortización de 48 meses. La primera cuota se hará efectiva el 31 de diciembre de 2015 y sucesivamente cada semestre hasta el 30 de junio de 2019, con la que se liquidará el préstamo.

• Garantías: aval financiero del 30% del préstamo prestado por entidades de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir el importe del préstamo y cualquier gasto del incumplimiento de la obligación de reembolso.

Sin comisiones de estudio y apertura.

Subvención a fondo perdido:

• Porcentaje de la subvención a fondo perdido: 30% del importe de los costes subvencionables con un máximo de 15.000 euros por proyecto.

• El importe máximo de la ayuda calculado como la suma de la subvención del préstamo bonificado y la subvención a fondo perdido no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES:

Desde el 3 de septiembre de 2014 hasta el 15 de octubre de 2014 a las 14 horas.

El plazo de ejecución se da hasta el 31 de mayo de 2015.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

1. Calidad del proyecto: máximo de 40 puntos:

• Grado de innovación del producto: 0-20 puntos.

• Plan de trabajo y presupuesto: 0-10 puntos.

• Ámbitos de actuación empresarial: 0-10 puntos.

2. Viabilidad del proyecto: máximo de 30 puntos.

• Viabilidad financiera: 0-15 puntos.

• Capacidad de equipo promotor: 0-10 puntos.

• Plan de comercialización: 0-5 puntos.

3. Resultados/Impacto esperable del proyecto: máximo de 30 puntos.

• Rentabilidad económica del proyecto: 0-10 puntos.

• Repercusión económica y social: 0-10 puntos.

• Naturaleza industrial del proyecto: 0-10 puntos.

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