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Subvenciones de fomento del empleo dirigido a emprendedores 2015

Hasta el miércoles, 00 de de 0000

·OBJETO de la subvención:

Favorecer la creación y consolidación del empleo por cuenta propia en el ámbito de la Comunitat Valenciana, mediante los siguientes programas de ayudas:

a) Programa de ayudas por el establecimiento como trabajador por cuenta propia.

b) Programa de ayudas por la primera contratación.

Ambas ayudas sólo se concederán para centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana.

·BENEFICIARIOS

Trabajadores autónomos o por cuenta propia.

Quedan excluidos los socios de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales; así como los miembros de comunidades de bienes, y autónomos colaboradores.

A) Programa de ayudas por el establecimiento como trabajador por cuenta propia.

CONDICIONES:

Iniciar la actividad autónoma a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la orden.

Permanecer desempleado e inscrito como demandante de empleo en el SERVEF hasta el inicio de la actividad.

No haber sido beneficiario en alguno de los tres ejercicios anteriores.

Cuantía de las ayudas:

a)Desempleados en general: 2.500 €

b)Desempleados menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000€

c)Desempleados con una discapacidad de al menos 33%: 4.000€

d)Mujeres desempleadas víctimas de la violencia de género: 4.500€

* el importe establecido en a) b) y c), se incrementará en 500€, si el beneficiario fuera mujer.

Los beneficiarios de este programa tendrán la obligación de mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente hasta 12 meses después de la fecha de efectos del alta en dicho régimen.

B) Programa de ayudas por la primera contratación.

CONDICIONES:

Las contrataciones deberán suscribirse desde el día siguiente al de la publicación de esta orden.

La persona contratada, deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos: personas mayores de 45 años, jóvenes menores de 30 años o personas que hayan permanecido inscritas como desempleadas en los centros SERVEF de Empleo por un periodo ininterrumpido de más de 365 días previos a la fecha de contratación.

El trabajador contratado no debe mantener una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con el beneficiario.

Debe tratarse del primer contrato de trabajo que suscriba el beneficiario desde su constitución como trabajador autónomo.

Cuantía de las ayudas, por contratación:

a)Contrato indefinido a jornada completa: 5.400€ (6.000€ si la persona contratada es una mujer)

b)Contrato temporal a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.100€ (3.600€ si la persona contratada es una mujer)

c)Contrato temporal a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500€ (2.000€ si la persona contratada es una mujer)

Los contratos a tiempo parcial de al menos 20 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

·Solicitud de subvención

Para presentar la solicitud, se formalizarán en impresos normalizados que se presentarán en las correspondientes direcciones territoriales del SERVEF. Asimismo podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes a través de la web del SERVEF (www.servef.es) en el enlace «Solicitud telemática» que hay asociado a cada ayuda publicada por la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es).

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