Línea IVF apoyo economía social
Hasta el sábado, 31 de diciembre de 2016 a las 23:59
Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón)
Publicado el jueves, 07 de julio de 2016 a las 15:24
Objetivo:
Financiación de proyectos de inversión de entidades de la economía social, prestando especial atención a los proyectos innovadores y a los proyectos que mejoren su competitividad y desarrollo; y anticipo de subvenciones concedidas por la Dirección General de Economía, Emprendimiento y Cooperativismo, o por cualquier órgano directivo de la Generalitat Valenciana.
Beneficiarios y requisitos de los proyectos:
- Podrán ser beneficiarias de la línea las empresas sociales que tengan capacidad de obrar o capacidad de ejercicio.
- Tener su sede social y establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana.
*No obstante lo anterior, podrán solicitar financiación aquellas empresas que teniendo su sede social fuera de la Comunitat Valenciana, posean o decidan instalar una filial, delegación o centro de trabajo en la Comunitat con la intención de generar valor y empleo local.
- La empresa deberá acreditar actividad comercial con información constatable de facturación u otra documentación objetiva acreditativa.
- La empresa debe acreditar estar al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal y tributario y no presentar impagos en los principales registros.
- Para acceder a la línea de financiación las empresas deberán tener una estructura patrimonial y financiera equilibrada y saneada y presentar un proyecto empresarial viable técnica y económicamente.
- En caso de solicitar el anticipo de alguna subvención, se debe aportar la Resolución de concesión de la misma
Condiciones del préstamo:
La financiación del IVF en esta línea se instrumenta a través de préstamos ordinarios.
- Condiciones de los préstamos destinados a financiación de inversiones:
Importe: Con carácter general de 50.000 euros a 500.000 euros, ampliable hasta 1.000.000 euros si la empresa ha facturado en el último ejercicio auditado más de 6.000.000 euros.
- El importe máximo financiable será de hasta el 75% del proyecto de inversión.
- En todo caso, para la determinación del importe de la financiación se valorará, entre otros factores, el nivel de fondos propios y la estructura financiera de la empresa.
Plazo: Hasta 15 años.
Carencia: Hasta 3 años en la amortización de capital.
- Condiciones de los préstamos destinados a anticipar subvenciones:
Importe: Hasta el 100% del importe de la subvención, estableciéndose un importe mínimo del anticipo de 25.000 euros, y un importe máximo de 1.000.000 euros.
Plazo: Hasta 7 años.
Carencia: Hasta 4 años en la amortización de capital. En todo caso, el cobro de la subvención se destinará a amortizar anticipadamente la operación de préstamo.
Costes financiables:
Adquisición de activos productivos y costes derivados de la realización de proyectos de innovación social, inversiones que contribuyan al crecimiento y desarrollo de las empresas sociales, al objeto de mejorar su competitividad, y otras inversiones con impacto social positivo.
Por tanto, se atenderá especialmente a los proyectos de inversión de empresas sociales destinados a:
- Proyectos de innovación social, entendiendo como tales las innovaciones que sean sociales tanto por sus fines como por sus medios y, en particular, las que se refieran al desarrollo y la puesta en práctica de nuevas ideas (relacionadas con productos, servicios y modelos) que, simultáneamente, satisfagan necesidades sociales y generen nuevas colaboraciones o relaciones sociales, beneficiando de esta forma a la sociedad y reforzando su capacidad de actuación.
- Procesos de expansión y crecimiento.
- Internacionalización y puesta en práctica de nuevas actuaciones que abran nuevos mercados.
- Planes de innovación, transferencia de conocimiento en I+D+i e incorporación de nuevas tecnologías de la información y comunicación.
A título indicativo, no limitativo:
- Adquisición de inmovilizados materiales e inmateriales vinculados a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Equipos para la producción consistentes en maquinaria, instalaciones técnicas, herramientas o utillaje.
- Mobiliario, sólo para el caso de las empresas no industriales, dedicadas al comercio o la prestación de servicios.
- Alquiler de locales y gastos necesarios para aperturar nuevos mercados.
- Vehículos industriales no matriculados con anterioridad.
- Obras de construcción, mejora, acondicionamiento o reforma de inmuebles, de propiedad de la entidad solicitante.
- Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
No se considerarán gastos financiables los gastos corrientes de la actividad, salvo que quede fuertemente demostrada la necesidad de los mismos para el desarrollo del proyecto.
No se podrá destinar la financiación a reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones. En ningún caso se considerará gasto financiable el IVA, salvo en casos de exención acreditada.
Fuente original del contenido:
07/07/2016 15:24 | paloma
Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón)